DIF Estado de México

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Gobierno del Estado de México

Atención para el Bienestar de Grupos Prioritarios

El propósito del Programa de Desarrollo Social Atención para el Bienestar de Grupos Prioritarios, es entregar a personas con discapacidad, que se encuentren en estado de vulnerabilidad y sean residentes del Estado de México; ayudas funcionales y/o apoyos especiales para favorecer la rehabilitación, inclusión social y en su caso, prevenir discapacidades secundarias.

Brindando así atención a personas con discapacidad y mejorando su calidad de vida.

Objetivo:

Brindar apoyo a las personas con algún tipo de discapacidad física, intelectual, sensorial, auditiva y visual que, por necesidades especiales,
de atención prioritaria y sus condiciones físicas, jurídicas, económicas o sociales, requieran servicios de rehabilitación

¿En qué consiste? 

En la entrega de un apoyo funcional a personas con discapacidad:

Apoyos Funcionales:
a) Andadera (infantil, juvenil y adulto);
b) Andador con cuatro ruedas y asiento; 
c) Bastones (estándar, blanco, de cuatro puntos); 
d) Auxiliares auditivos; e) Diademas con vibrador óseo;
f) Carriola con aditamentos (chica y grande); 
g) Muletas (canadienses y axilares); 
h) Silla de ruedas estándar (infantil, juvenil y adulto);
i) Silla de ruedas reclinable con aditamentos (PCI o PCA);
j) Material escolar para aprendizaje del Sistema Braille 
k) Prótesis de miembro inferior o superior; 
l) Órtesis para miembro inferior (exceptuando férulas, plantillas y zapato ortopédico); 
m) Silla de Ruedas personalizada y deportiva; 
n) Prótesis de cadera (revisión y/o reemplazo); 
o) Prótesis de rodilla (revisión y/o reemplazo); 
p) Prendas para quemados;
q) Procesador de audio externo para implante coclear; 
r) Material de Osteosíntesis, de acuerdo con los siguientes diagnósticos: 
1. Trauma raquimedular; 
2. Tumores óseos; 
3. Osteogénesis imperfecta; 
4. Displasia de cadera; y 
5. Malformaciones óseas

¿Población a la que atiende?

Personas con algún tipo de discapacidad física, intelectual, sensorial, auditiva y visual que, por necesidades especiales, de atención prioritaria y sus condiciones físicas, jurídicas, económicas o sociales, requieran servicios de rehabilitación integral o de un apoyo funcional para su rehabilitación e inclusión social.

¿Área que lo ofrece directamente?

Dirección de Atención a la Discapacidad a través de la Subdirección de Rehabilitación de Personas con Discapacidad

Fecha de inicio:

La vigencia entra a vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el Programa y abrogan las disposiciones normativas de igual o menor jerarquía que se opongan a las mismas. Veintitrés de marzo del 2024

Fecha de cierre:

La vigencia entra a vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el Programa y abrogan las disposiciones normativas de igual o menor jerarquía que se opongan a las mismas.

Requisitos para la obtención del apoyo:

Apoyos Funcionales
Para tener acceso a esta vertiente se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser residente del Estado de México; y
b) Ser una persona con discapacidad o estar en riesgo de padecerla;

1. Persona beneficiaria mayor de edad: En el caso de ser mayor de edad, la persona beneficiaria deberá presentar la siguiente documentación adicional a la prescripción médica. En los casos que por enfermedad o discapacidad no pueda hacerlo personalmente, podrán designar a un cobeneficiario quien realizará el trámite:
1.1. Copia de identificación oficial vigente (Credencial Nacional para Personas con Discapacidad, credencial para votar, pasaporte, constancia de identidad);
1.2. Comprobante domiciliario;
1.3. CURP actualizado.

2. Persona beneficiaria menor de edad: En el caso de ser menor de edad el trámite lo deberá realizar el
cobeneficiario, quien deberá presentar la siguiente documentación adicional a la prescripción médica:
2.1. Copia de Acta de Nacimiento y CURP actualizada del beneficiario;
2.2. Copia de identificación oficial y CURP actualizada del cobeneficiario (padre, madre, tutor o familiar en línea directa);

3. Persona beneficiaria que, por la severidad de su condición de discapacidad, requiere asistencia: El trámite lo deberá realizar el cobeneficiario, quien deberá presentar la siguiente documentación adicional a la prescripción médica:
3.1. Documento de identificación de la Persona con Discapacidad (Credencial Nacional para Personas con
Discapacidad, credencial para votar, pasaporte, constancia de identidad);
3.2. Copia de identificación oficial vigente y CURP actualizada del cobeneficiario (padre, madre, tutor o cuidador).
c) Documentación a presentar:
1. Solicitud de registro;
2. Prescripción médica: En hoja membretada y con sello de la institución emisora, incluir resumen médico, con nombre del paciente, fecha, diagnóstico y prescripción del apoyo funcional que requiere la persona con discapacidad.
El médico deberá incluir su nombre completo, firma y cédula profesional (este documento no deberá exceder los seis meses de expedición):
2.1. Médico general: podrá realizar únicamente la prescripción de sillas de ruedas estándar (adulto, juvenil,
infantil), muletas (axilares, canadienses), bastones (estándar, blancos) y andaderas o bien, presentar la
Credencial Nacional para Personas con Discapacidad vigente; y
2.2 Médico especialista en Comunicación, Audiología, Foniatría y Otoneurología: podrá elaborar la prescripción de auxiliares auditivos, diademas con vibrador óseo o procesador de audio externo para implante coclear, anexando la curva audiométrica, con una vigencia de seis meses a partir de la fecha de expedición. Para el caso del procesador, deberá anexar estudio audiológico completo (timpanometría, audiometría, potenciales auditivos y emisiones otoacústicas).
2.3 Médico especialista en Traumatología, Neurocirugía, Maxilofacial, Cirugía Plástica: podrá realizar la
prescripción de material de osteosíntesis y otros;
2.4 Médico especialista en Rehabilitación: podrá realizar la prescripción de carriolas adulto e infantil con
aditamentos, sillas reclinables adulto e infantil con aditamentos (PCA, PCI), prótesis, órtesis, toxina
botulínica, prendas para quemados, sillas personalizadas y deportivas.
3. Para el caso de Kits de Braille deberán presentar constancia de estudios actualizada y Credencial Nacional para Personas con Discapacidad

Equipamiento de Centros y Unidades de Rehabilitación
Los solicitantes deberán:
a) Presentar solicitud por escrito al DIFEM;
b) Presentar proyecto de implementación o fortalecimiento de Centro o Unidad de Rehabilitación.

Contacto:

Prol. Andrés Quintana Roo esquina Gral. Felipe Ángeles S/N Col. Villa Hogar, C.P. 50170 Toluca , México    
Tel. 7222193572 ext. 8201 
De 09:00 a 17:00 horas, de Lunes a Viernes.

FT. y G.S.S. RAFAEL LAURENCIO CASTILLO.
Subdirector de Rehabilitación de Personas con Discapacidad