DIF Estado de México

Gobierno del Estado de México

Atención para el Bienestar de Grupos Prioritarios

El propósito del Programa de Desarrollo Social Atención para el Bienestar de Grupos Prioritarios, es entregar a personas con discapacidad, que se encuentren en estado de vulnerabilidad y sean residentes del Estado de México; ayudas funcionales y/o apoyos especiales para favorecer la rehabilitación, inclusión social y en su caso, prevenir discapacidades secundarias.

Brindando así atención a personas con discapacidad y mejorando su calidad de vida.

Objetivo:

Brindar apoyo a las personas con algún tipo de discapacidad física, intelectual, sensorial, auditiva y visual que, por necesidades especiales, de atención prioritaria y sus condiciones físicas, jurídicas, económicas o sociales, requieran servicios de rehabilitación

¿En qué consiste? 

En la entrega de un apoyo funcional a personas con discapacidad:

Apoyos Funcionales:
a) Andadera (infantil, juvenil y adulto);
b) Andador con cuatro ruedas y asiento; 
c) Bastones (estándar, blanco, de cuatro puntos); 
d) Auxiliares auditivos; 
e) Diademas con vibrador óseo;
f) Carriola con aditamentos (chica y grande); 
g) Muletas (canadienses y axilares); 
h) Silla de ruedas estándar (infantil, juvenil y adulto);
i) Silla de ruedas reclinable con aditamentos (PCI o PCA);
j) Material escolar para aprendizaje del Sistema Braille 
k) Prótesis de miembro inferior o superior; 
l) Órtesis para miembro inferior (exceptuando férulas, plantillas y zapato ortopédico); 
m) Silla de Ruedas personalizada y deportiva; 
n) Prótesis de cadera (revisión y/o reemplazo); 
o) Prótesis de rodilla (revisión y/o reemplazo); 
p) Prendas para quemados;
q) Procesador de audio externo para implante coclear; 
r) Material de Osteosíntesis, de acuerdo con los siguientes diagnósticos: 
1. Trauma raquimedular; 
2. Tumores óseos; 
3. Osteogénesis imperfecta; 
4. Displasia de cadera; y 
5. Malformaciones óseas

¿Población a la que atiende?

Personas con algún tipo de discapacidad física, intelectual, sensorial, auditiva y visual que, por necesidades especiales, de atención prioritaria y sus condiciones físicas, jurídicas, económicas o sociales, requieran servicios de rehabilitación integral o de un apoyo funcional para su rehabilitación e inclusión social.

¿Área que lo ofrece directamente?

Dirección de Atención a la Discapacidad a través de la Subdirección de Rehabilitación de Personas con Discapacidad

Fecha de inicio:

La vigencia entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el Programa y abrogan las disposiciones normativas de igual o menor jerarquía que se opongan a las mismas. Veintitrés de marzo del 2024

Fecha de cierre:

La vigencia entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el Programa y abrogan las disposiciones normativas de igual o menor jerarquía que se opongan a las mismas.

Requisitos para la obtención del apoyo:

Apoyos Funcionales
Para tener acceso a esta vertiente se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser residente del Estado de México; y
b) Ser una persona con discapacidad o estar en riesgo de padecerla;

1. Persona beneficiaria mayor de edad: En el caso de ser mayor de edad, la persona beneficiaria deberá presentar la siguiente documentación adicional a la prescripción médica. En los casos que por enfermedad o discapacidad no pueda hacerlo personalmente, podrán designar a un cobeneficiario quien realizará el trámite:
1.1. Copia de identificación oficial vigente (Credencial Nacional para Personas con Discapacidad, credencial para votar, pasaporte, constancia de identidad);
1.2. Comprobante domiciliario;
1.3. CURP actualizado.

2. Persona beneficiaria menor de edad: En el caso de ser menor de edad el trámite lo deberá realizar el
cobeneficiario, quien deberá presentar la siguiente documentación adicional a la prescripción médica:
2.1. Copia de Acta de Nacimiento y CURP actualizada del beneficiario;
2.2. Copia de identificación oficial y CURP actualizada del cobeneficiario (padre, madre, tutor o familiar en línea directa);

3. Persona beneficiaria que, por la severidad de su condición de discapacidad, requiere asistencia: El trámite lo deberá realizar el cobeneficiario, quien deberá presentar la siguiente documentación adicional a la prescripción médica:
3.1. Documento de identificación de la Persona con Discapacidad (Credencial Nacional para Personas con
Discapacidad, credencial para votar, pasaporte, constancia de identidad);
3.2. Copia de identificación oficial vigente y CURP actualizada del cobeneficiario (padre, madre, tutor o cuidador).
c) Documentación a presentar:
1. Solicitud de registro;
2. Prescripción médica: En hoja membretada y con sello de la institución emisora, incluir resumen médico, con nombre del paciente, fecha, diagnóstico y prescripción del apoyo funcional que requiere la persona con discapacidad.
El médico deberá incluir su nombre completo, firma y cédula profesional (este documento no deberá exceder los seis meses de expedición):
2.1. Médico general: podrá realizar únicamente la prescripción de sillas de ruedas estándar (adulto, juvenil,
infantil), muletas (axilares, canadienses), bastones (estándar, blancos) y andaderas o bien, presentar la
Credencial Nacional para Personas con Discapacidad vigente; y
2.2 Médico especialista en Comunicación, Audiología, Foniatría y Otoneurología: podrá elaborar la prescripción de auxiliares auditivos, diademas con vibrador óseo o procesador de audio externo para implante coclear, anexando la curva audiométrica, con una vigencia de seis meses a partir de la fecha de expedición. Para el caso del procesador, deberá anexar estudio audiológico completo (timpanometría, audiometría, potenciales auditivos y emisiones otoacústicas).
2.3 Médico especialista en Traumatología, Neurocirugía, Maxilofacial, Cirugía Plástica: podrá realizar la
prescripción de material de osteosíntesis y otros;
2.4 Médico especialista en Rehabilitación: podrá realizar la prescripción de carriolas adulto e infantil con
aditamentos, sillas reclinables adulto e infantil con aditamentos (PCA, PCI), prótesis, órtesis, toxina
botulínica, prendas para quemados, sillas personalizadas y deportivas.
3. Para el caso de Kits de Braille deberán presentar constancia de estudios actualizada y Credencial Nacional para Personas con Discapacidad

Equipamiento de Centros y Unidades de Rehabilitación
Los solicitantes deberán:
a) Presentar solicitud por escrito al DIFEM;
b) Presentar proyecto de implementación o fortalecimiento de Centro o Unidad de Rehabilitación.

Contacto:

Prol. Andrés Quintana Roo esquina Gral. Felipe Ángeles S/N Col. Villa Hogar, C.P. 50170 Toluca , México    
Tel. 7222193572 ext. 8201 
De 09:00 a 17:00 horas, de Lunes a Viernes.

FT. y G.S.S. RAFAEL LAURENCIO CASTILLO.
Subdirector de Rehabilitación de Personas con Discapacidad                                                                                     

Reglas de Operación del Programa “Atención para el Bienestar de Grupos Prioritarios”.