DIF Estado de México

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Gobierno del Estado de México

Alimentación Escolar para el Bienestar

Objetivo

El Programa de Desarrollo Social "Alimentación Escolar para el Bienestar", tiene como propósito contribuir a disminuir la inseguridad alimentaria de las niñas, niños y adolescentes que, asistan a planteles públicos de educación básica que se ubiquen prioritariamente en localidades de alta y muy alta marginación del Estado de México, o a planteles que de acuerdo con la evaluación del estado de nutrición de la población escolar, presenten malnutrición con porcentajes arriba del 40% de sobre peso y obesidad y/o arriba del 15% de desnutrición, independientemente del grado de marginación; mediante la entrega de Desayunos Escolares Fríos o Calientes, diseñados con base en Criterios de Calidad Nutricia, acompañados de acciones de orientación y educación alimentaria, así como aseguramiento de la calidad, para favorecer un estado de nutrición adecuado.

¿En  que consiste?

Desayunos Escolares Fríos o Calientes

A quien está dirigido:

Niñas, niños y adolescentes, que asistan a planteles públicos de educación básica, que se ubiquen en localidades de alta y muy alta marginación del Estado de México, o planteles que, de acuerdo con la evaluación del estado de nutrición de la población escolar, presenten malnutrición con porcentajes arriba del 40% de sobrepeso y obesidad y/o arriba 15%  de desnutrición, independientemente del grado de marginación, y  además para el caso de desayunos escolares fríos, que sean detectados a través de la toma de peso y estatura al inicio del ciclo escolar, con malnutrición o riesgo de padecerla y  que se encuentren inscritos en el programa.

¿Población a la que atiende?

Niñas, Niños y Adolescentes de educación básica en el Estado de México.

¿Área que lo ofrece directamente?

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México (DIFEM), a través de la Dirección de Alimentación y Nutrición
Familiar.

Fecha de inicio:
31/01/2024

Fecha de cierre:

n/a

Requisitos para la obtención del programa, apoyo o servicio:

Con base en los lineamientos establecidos en la EIASADC 2024, los criterios de focalización para seleccionar a las personas beneficiarias, son los siguientes:
a) Que las niñas, niños y adolescentes asistan a las escuelas públicas de educación básica del Estado de México ubicadas preferentemente en los municipios de alta y muy alta marginación de acuerdo con el Índice de Marginación 2020 establecido por el Consejo Nacional de Población (CONAPO), o que formen parte de los planteles escolares que según la clasificación de la Secretaría de Educación Pública (SEP), pertenezcan a la modalidad indígena o de control del Consejo Nacional para el Fomento Educativo (CONAFE); o 
b) Niñas, niños y adolescentes que acudan a planteles que, de acuerdo con la Evaluación del estado de nutrición de su población escolar, presenten malnutrición determinada por porcentajes arriba del 40% de sobrepeso y obesidad y/o arriba 15% de desnutrición, independientemente del grado de marginación; 
c) Para el caso de desayuno escolar frío, sea detectado con malnutrición o en riesgo de padecerla; d) Que proporcionen la información para el llenado total de los campos del Formato de Registro de Posible Persona Beneficiaria; 
e) Que los directivos del Plantel Escolar y las madres, padres, tutoras y tutores de las personas beneficiarias estén de acuerdo con la operación del programa; 
f) Una vez recibida la notificación de aceptación al programa, deberá entregar en los 5 días hábiles posteriores y en el lugar que determine el SMDIF, copia de los siguientes documentos que conformarán el expediente de la persona beneficiaria y quedarán bajo el resguardo del SMDIF: 
▪ CURP de la persona beneficiaria. 
▪ CURP de la persona que se registró como responsable de la persona beneficiaria. 
▪ Formato de Registro de Posible Persona Beneficiaria (que arroja la plataforma). 
g) No estar dentro del padrón de las personas beneficiarias de otro programa alimentario escolar o de cualquier otra dependencia gubernamental; y 
h) Los demás que determine la instancia normativa.

Costo:

El costo del apoyo será cubierto con recursos propios del Gobierno del Estado del México, a través del DIFEM, así como por Recursos Federales Transferidos a través del FAM-AS, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal autorizada y se entregaran de manera diaria, de acuerdo con el calendario escolar vigente y modalidad a la que la persona beneficiaria esté inscrita.

las dos modalidades de Desayunos Escolares mencionadas en el numeral 7.1 consideran mecanismos de corresponsabilidad:

a)  Desayuno Escolar Frío: Cada persona beneficiaria deberá aportar una porción diaria de fruta y verdura fresca para su consumo como complemento del desayuno que recibe, promoviendo la compra de productos locales a pequeños productores y/o pequeños comercios.

a)  Desayuno Escolar Caliente: Cada persona beneficiaria aportará como mecanismo de corresponsabilidad un monto que las madres, padres, tutoras o tutores definirán en Asamblea, la cual oscila de $3.00 a $10.00 y quedará establecida en el acta constitutiva del Comité de Alimentación Escolar, modalidad Caliente, de acuerdo al grado de marginación de la localidad y que será destinada para lo siguiente: 70% para la compra de frutas y verduras frescas y los productos perecederos que complementarán los menús, promoviendo la compra de productos locales a pequeños productores y/o pequeños comercios, 10% para la compra de gas, 10% para la compra de productos de limpieza y 10% para la generación de un fondo de ahorro que se destinará para la compra, reposición, reparación y/o mantenimiento del equipo y mobiliario utilitario que requiera el desayunador. El Comité de Desayunos Escolares Calientes será el responsable de captar y administrar las aportaciones del mecanismo de corresponsabilidad. El DIFEM, el SMDIF, el Plantel Educativo o cualquiera de sus integrantes tendrán prohibido el manejo de recursos económicos y alimentarios de los Desayunadores Escolares.

El Comité de Alimentación Escolar, modalidad Caliente, junto con el personal de supervisión, promotor municipal y autoridades escolares podrá determinar en Asamblea a través de un acta informativa, si se eleva el costo de la aportación del mecanismo de corresponsabilidad, para mejorar el desayuno de las personas beneficiarias.

Los bienes adquiridos con el fondo de ahorro, serán propiedad del Programa y el Comité de Alimentación Escolar, deberá integrarlos en el inventario de equipo del  desayunador escolar y en caso de que el espacio se cierre podrán ser reubicados a otro Desayunador Escolar del mismo o de otro municipio.

Los bienes adquiridos por la aportación del mecanismo de corresponsabilidad se podrán utilizar para mejorar las instalaciones del Desayunador Escolar. 

La  adquisición de los insumos alimentarios perecederos es responsabilidad del Comité de Alimentación Escolar, modalidad caliente, en cada menú se especifican los insumos que deben adquirirse, los cuales son importantes para que las personas beneficiadas reciba el menú completo.

Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social “Alimentación Escolar para el Bienestar”.

Lineamientos Internos del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social “Alimentación Escolar para el Bienestar”.

Contacto:

Tel.: 722 217 39 00.
Dirección: Paseo Colón, esquina Paseo Tollocan s/n, colonia Isidro Fabela.